El Tribunal Constitucional ha claro que esa situación de extraordinaria y urgente indigencia puede deducirse «de una pluralidad de instrumentos», entre ellos, los que quedan reflejados en la exposición de motivos de la norma» (STC 6/1983, de 4 de febrero). 7. Los socios trabajadores de las cooperativas de trabajo asociado https://billc541eed5.blogsuperapp.com/profile